Brucelosis


Por Resolución de COPROSA del 30/6/2010, en virtud de la prorroga oportunamente establecida, se informa que a partir del 1º de Agosto del 2010 se exigirá el sangrado con suero negatividad en todo el ámbito provincial de todos los animales que se movilicen con destino distinto al de faena.
Se mantiene la obligatoriedad del sangrado cuando el destino es reproducción de acuerdo a la Resolución SENASA Nº 150 / 02.
Sigue en vigencia la Resolución de COPROSA sobre la obligatoriedad de Establecimiento Libre de Brucelosis, en el caso de cabañas y tambos.