Tuberculosis bovina

Nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina en la República Argentina

El pasado 21 de marzo el Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Med Vet Marcelo Miguez, firmó la Resolución 128/2012 que aprueba el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina en la República Argentina la cual entrará en vigencia a los 60 días de su publicación en el Boletín Oficial.
El cumplimiento del Plan es de carácter nacional y se debe realizar de manera gradual y en forma regionalizada, por etapas sucesivas hasta la erradicación de la enfermedad. El ingreso en el Plan Nacional es obligatorio para la totalidad de los tambos y cabañas de leche de bovinos, caprinos y ovinos, y las cabañas de carne de bovinos y caprinos.
Los programas regionales, que podrán ser de control, erradicación y/o zonas libres, utilizarán el sistema de vigilancia epidemiológica en faena. Este sistema incorpora la información provista por la inspección veterinaria en frigoríficos y mataderos, a efectos de lograr la caracterización epidemiológica de la enfermedad en el país.
El establecimiento de mecanismos de certificación oficial de la sanidad de los establecimientos ganaderos permitirá mejorar las posibilidades del sector agroalimentario en la competencia en los mercados internacionales de carnes, lácteos y derivados con aquellos países que controlan y erradican la enfermedad. Con este objetivo, resulta además indispensable la adecuación de la normativa interna con las exigencias de los países compradores.
La tuberculosis bovina constituye un problema para la salud pública ya que, al tratarse de una zoonosis, es de frecuente transmisión al hombre, especialmente en las explotaciones lecheras dado el mayor contacto con los animales. A pesar de que el huésped primario es el bovino, también afecta a otras especies de animales tales como caprinos, ovinos, porcinos, camélidos, cérvidos, equinos, caninos y felinos.
> Descargar Resolución Senasa 128/2012 <