IMPORTANTE
Se solicita a los señores veterinarios recordar a sus clientes que a partir de Marzo de 2012 se realizan los raspajes correspondientes al presente año.- Se solicita aconsejar a los productores que los raspajes no tengan mas de quince (15) días entre el 1° y 2° raspaje, ya que técnicamente no son validos.- Desde el 30 de Septiembre del presente año no se permitirán movimientos de animales sin los dos (2) raspajes correspondientes al año 2012.-
Nuestra actuación profesional es fundamental, al momento de asistir al Productor en el cumplimiento del Programa.- Prorroga de las Actas Acuerdo en los Departamentos: Puelén, Limay Mahuida, Lihuel Calel, Caleu Caleu, Curacó, Utracán, Loventué, Chicalcó, Chalileo, Toay, Hucal, Guatraché, hasta el 30 de Septiembre.-Resolución COPROSA 29/04/09.- Recordar que en el marco del Programa para el Control y Erradicación de las Enfermedades Venéreas en Rodeos Bovinos de la Provincia de La Pampa, TODOS LOS TOROS deben estar caravaneados con la caravana oficial.-
Dicha exigencia la contempla el Anexo II del Programa que expresa lo siguiente:
En el marco del Programa de Control y Erradicación de las Enfermedades Venéreas de la Provincia de La Pampa, con las atribuciones que en el se otorgan a la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) y en cumplimiento de lo contemplado en el Punto 4 (Identificación de los Toros) se establece que: “A partir del 1º Marzo del 2008 todo bovino macho entero deberá estar identificado al momento del control de enfermedades venéreas con caravanas oficiales (Resolución SENASA Nº 754/06). De esta manera se podrá realizar un eficaz seguimiento y auditoria de los toros positivos a enfermedades venéreas.
Quedarán exceptuados de esta identificación dando cumplimiento a la Resolución SENASA Nº 370/07, los animales inscriptos o registrados y que por lo tanto lleven la identificación correspondiente a las distintas Asociaciones de Criadores.
Los bovinos a que se refiere la presente Resolución, serán identificados, con una caravana del tipo “tarjeta “en la oreja izquierda, cuyas características serán elegidas por las Entidades, y una segunda caravana del tipo “botón-botón” en la oreja derecha, con el formato y la información determinada en el Anexo I de la Resolución SENASA Nº 754/2006.
Programa Provincial de Control de Control y erradicación de Enfermedades Venéreas en Rodeos Bovinos
Provincia de La Pampa -Dec. Nº 374 /07 – Res. SENASA Nº 358 / 08.
Identificación 2012
- Todos los toros deberán estar identificados con la Caravana Oficial.
- El software del programa Venéreas no permitirá cargar información, si no es con el número de la Caravana Oficial. Le debe llegar al Laboratorio la identificación completa (letras y números). Si así no lo hiciese, no serán reconocidas las tareas de eso productores.
Laboratorios
- Todos los laboratorios acreditados deberán cumplir con las pruebas de pro-eficiencia.
- Los laboratorios de afuera de la provincia podrán trabajar ajustándose a los requisitos preestablecidos.
- No se reconocerán diagnósticos de laboratorios no acreditados, ni toma de muestras de veterinarios no acreditados.
- Los laboratorios que no envíen los resultados en tiempo y forma serán dados de BAJA para el presente año.
Recomendaciones Finales
- Raspar todos los toros.
- Identificar con Caravana Oficial.
- Aconsejar Eliminación Positivos.
- Recurrir siempre a Laboratorios y Veterinarios Habilitados.
- Se solicita interactuar con las oficinas del SENASA para identificar a los establecimientos que aún no están haciendo los raspajes.
- Todos debemos colaborar y aportar.
- Se encuentra vigente el Certificado para Eliminación de Toros Enfermos y Certificación de Toros Vírgenes. El mismo se encuentra en nuestro este web.